• NOTICIAS

    Emite PDH recomendación a alcalde de Tij
    10/11/2011

    A continuación el texto completo de la recomendación que involucra al ex secretario de Seguridad Pública, Julian Leyzaola y el entonces director de policía, Gustavo Huerta Martinez.

     

    La Procuraduría de los Derechos Humanos emite Recomendación por tortura a agentes municipales a C. Presidente Municipal
     
    Tijuana, BC., 2 de Noviembre de 2011.-  La Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana emite recomendaciones al Lic. Carlos W. Bustamante Anchondo, Presidente municipal del XX Ayuntamiento por tortura cometida a los agentes José Luis Hernández Gálvez, Rafael Sánchez Macedo, Víctor Eduardo Romero Enríquez y Javier Joven Rosales.
    El 10 de marzo del 2010, la Procuraduría documentó queja en virtud de hechos publicados el 9 de marzo del mismo año en el portal de internet de la Agencia Fronteriza de Noticias en donde se publicó nota de un acto de tortura en contra de cuatro agentes de la Policía Municipal, en donde se mencionó como presuntos responsables de dicho acto, a quienes en  ese entonces se desempeñaban como Secretario de Seguridad Pública Municipal, Julián Leyzaola Pérez, y al Director de la Policía y Tránsito, Gustavo Huerta Martínez.
    El doce de marzo, personal de la PDH se trasladó a las instalaciones del Centro de Reinserción Social La Mesa, entrevistándose con los agraviados, quienes relataron que por diversas razones y en horarios entre las 10 y las 12 del medio día, varios policías vestidos de civiles ingresaron a sus domicilios con lujo de violencia en presencia de familiares.
    Los escoltas los apresaron y mientras que el Director de Policía y Tránsito, Gustavo Huerta les interrogaba acerca de cuánto les había tocado.  Los agraviados en cada oportunidad les contestaban desconocer de lo que se les acusaba.
    Los transportaron después en una suburban  hasta el edificio de la Zona Río, presentándolos a cada uno de manera independiente ante el Secretario de Seguridad Pública, Julián Leyzaola Pérez, quien con lujo de  violencia los incita a firmar una declaración como responsables de robo a Orientales.
    De ahí los transportan a un lugar llamado el “Bunker”, en la calle Ocho y Constitución, sitio en donde antes era cocina y se adaptó como sala de tortura.
    El agente de inteligencia, “Delfín”, les pidió firmaran su renuncia, a lo que se negaron; regresando el Secretario Leyzaola, insultándolos; el Secretario de Seguridad Pública los amenazó, sacando bolsitas de droga conocida como “cristal”, respondiéndole Eduardo Romero Enríquez  que no firmaría. Asimismo, escuchó que a uno de sus compañeros le iban a poner unos “cuernos”. De igual forma, el agraviado fue amenazado por el Secretario de Seguridad Pública, al decirle que lo iba a matar y a tirar por el canal.
    Uno a uno fueron llevados a la presencia de Leyzaola en este lugar y mientras les colocaban bolsas negras cubriéndoles la cabeza, sujetada sobre sus cuellos con cincho de plástico, los golpeaban, con esposas puestas, sobre su rostro y estomago.
    José Luis Hernández Gálvez manifestó que estaba dispuesto a aceptar cualquier cosa con tal de no ser golpeado pero no fue escuchado, fue torturado igual que a los demás. Tiempo después oficiales de inteligencia le quitaron los cinchos y le dieron la oportunidad de hablar por teléfono, el agraviado llamó a su hermano, para informarle que había sido detenido y que tramitara un Amparo.
    A Rafael Sánchez Macedo  lo llevaron con el médico del Ministerio Público, a quién le mostró sus lesiones y le dijo que lo habían golpeado y torturado; dijo que Gálvez se puso mal y lo llevaron al Hospital General. Finalmente, que nunca lo presentaron con el Juez Municipal, y que en el Ministerio Público se enteró que los acusaban de robo.
    Aunado a lo antes declarado, el veinte de agosto de dos mil diez, esta Procuraduría recibió un escrito de queja, a nombre de José Luis Hernández Gálvez, doliéndose de una  violación al principio de presunción de inocencia, por haber sido exhibido ante medios de comunicación, afectando con ello, su imagen, honra y dignidad. En relación a esto, por tratarse de un acto originado por hechos ya considerados en un diverso expediente, se acordó la acumulación de la queja 432/10 al expediente de queja 109/10.
    Por lo anterior la Procuraduría de los Derechos Humanos recomienda a Sindicatura Municipal inicie procedimiento contra los siguientes servidores y ex servidores públicos: ex Secretario de Seguridad Pública Municipal, Julián Leyzaola Pérez; el ex Director General de Policía y Tránsito Municipal de Tijuana, Gustavo Huerta Martínez; el Lic. Francisco Javier Del Castillo, quien al momento de que sucedieron los hechos, fungía como Juez Municipal, por las acciones y omisiones en las que incurrieron,  aunque  ya no se encuentren en el desempeño del servicio público, como se encuentra previsto en el artículo 48 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado de Baja California.
     También que se inicie investigación  en contra del entonces Jefe de Distrito, de la Delegación de San Antonio de los Buenos, de la Policía Municipal, José Antonio Zápari Chávez, y en contra de Juan Antonio López Martínez, agente de la Policía Estatal Preventiva del Estado, quien estaba comisionado como jefe de escoltas del entonces Secretario de Seguridad Pública Municipal; de igual manera, que se identifique al Policía Municipal adscrito al grupo de inteligencia apodado el  “Delfín”, así como de todos los elementos de la citada corporación, que ejecutaron, coadyuvaron y permitieron se violaran los derechos humanos de los agraviados.
     Por otra parte la Procuraduría recomienda se indemnice económicamente y se repare el daño ocasionado a los agraviados, por medio de la atención médica y psicológica periódica, previa autorización de la víctimas, durante todo el tiempo que lo requiera hasta su restablecimiento. 
    Como cuarta recomendación que se ordene a quien corresponda, el reforzamiento del programa de capacitación permanente dirigido preponderantemente al personal de las áreas sustantivas de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para que incluya cursos de actualización en materia de Derechos Humanos, que permita mejorar el desempeño en sus funciones y actividades, se ajusten a la legalidad y respeto de los derechos de las víctimas.
    Recomienda la Procuraduría se emita una instrucción por escrito al personal de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal para que las personas detenidas sean puestas de manera inmediata y sin demora ante el Juez Municipal en turno, para que determine y aplique responsabilidad y en términos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Que se  convoque a los medios de comunicación y ante ellos emita un comunicado de prensa, con el fin de que los agraviados, bajo el principio de presunción de inocencia,  se establezca si son penalmente responsables. Lo anterior, en estricto acatamiento al artículo 14 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, tratado firmado y ratificado por el Estado mexicano.
    Como séptima y última recomendación se giren instrucciones al Secretario de Seguridad Pública y personal a su mando para que se abstengan de realizar represalias en contra de los agraviados y sus familiares y se garantice su integridad física. 
     La recomendación es de carácter público, de conformidad a lo dispuesto por el apartado “B” del Artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se emite con el propósito fundamental de hacer una declaración respecto de una conducta irregular cometida por los servidores públicos en el ejercicio de las facultades que expresamente les confiere la Ley. 


    Comparte esta publicación


    Deja un comentario
    Vía Tijuana © 2015