EXHORTA SINDICATURA SOCIAL A SERVIDORES DE TIJUANA PARA RESPETAR LEY ELECTORAL
- Pide Bernabé Esquer a funcionarios abstenerse de usar tiempo oficial y recursos en campañas
- Reitera que el personal de la SS es y será respetuoso de la legislación electoral
TIJUANA.- La Sindicatura Social de Tijuana hizo un llamado a los servidores públicos del XXI Ayuntamiento para que no utilicen recursos públicos municipales con fines proselitistas, durante esta época electoral.
Bernabé Esquer Peraza, Síndico Social de Tijuana, manifestó que “exhortamos a los servidores públicos de todos los niveles para ser respetuosos de la legislación electoral y apegarse a la Ley General en Materia de Delitos Electorales que establecen claramente que no pueden hacer uso de recursos públicos y menos dedicarse hacer campañas políticas durante el horario laboral”.
“Los recursos y los tiempos de los servidores públicos so n para atender a los ciudadanos, que para eso nos pagan, nosotros tenemos muy claro esto y seremos respetuosos de la Ley, como siempre nos hemos manejado”, estableció al ser abordado por reporteros al término de la Reunión de l Red Estatal Ciudadana por la Transparencia.
El Síndico Social expresó que en el caso de la Sindicatura Social “hemos sido muy claro y contundentes: quienes sean sorprendidos en estas conductas deberán afrontar las consecuencias de sus actos”.
Al reiterar que “las campañas políticas son para los candidatos y partidos”, Bernabé Esquer sentenció que “nosotros debemos atender a los ciudadanos y velar por los intereses de Tijuana”.
De acuerdo a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en su artículo 3, se establece que “La persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal o local centralizada, organismos descentralizados federales o locales, empresas de participación estatal mayoritaria federales o locales, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos federales o locales, en las legislaturas federal o locales y en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en los poderes judiciales federal o locales o Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, o que manejen recursos económicos federales o locales, así como en los organismos a los que la Constitución, las constituciones locales o el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal otorguen autonomía.
Y también se entenderá como servidores públicos a los funcionarios o empleados de la administración pública municipal y delegacional, según el mismo artículo.