MEXICALI, B.C., A LUNES 09 DE ABRIL DE 2018.- En los trabajos de la Quinta Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó cuatro dictámenes de la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos que contienen iniciativas de reforma de Ley en materia electoral.
Las reformas promovidas por el IEEBC son a diversos artículos de la Constitución Local, así como a las leyes Electoral, de Partidos Políticos y la que Reglamenta las Candidaturas Independientes, todas del Estado de Baja California.
El Consejero Presidente, Clemente Ramos Mendoza, indicó que “una vez aprobadas las iniciativas de reforma por el Consejo General, lo procedente es que se turnen inmediatamente al Congreso del Estado para el inicio de su proceso legislativo”.
Con estas propuestas se busca, principalmente, actualizar y armonizar el marco jurídico en base a los criterios relevantes emitidos por las Salas –Superior y Regionales- del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como con las disposiciones emitidas por el Instituto Nacional Electoral en la estandarización de la organización y desarrollo de los procesos electorales.
Las iniciativas de reforma contemplan temas relacionados con los compromisos de campaña; acceso a regidurías por el principio de representación proporcional para candidatos independientes; supresión de lista de candidatos de partidos políticos a diputaciones por el principio de representación proporcional; paridad de género en los órganos internos de los partidos políticos y en el registro de candidaturas; acreditación de los partidos políticos nacionales; formulas del financiamiento público para partidos políticos, entre otros.
En el caso particular del financiamiento público a partidos políticos, en la iniciativa de reforma se plantea fijar un cálculo diferenciado entre partidos políticos locales y nacionales, los primeros se determinaría con base en lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos, y los segundos, se calcularía tomando como base el 30% (treinta por ciento) de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) y no el 65% (sesenta y cinco por ciento) como se encuentra previsto en la norma vigente.