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    En deuda con familiares de desaparecidos
    25/03/2018

    La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) subraya que el Estado mexicano está en calidad de deudor del derecho a la verdad con los familiares de más de 32 mil personas que permanecen reportadas en calidad de desaparecidas, así como de víctimas de homicidios violentos, quienes no han podido ejercer su derecho pleno de acceso a la justicia, ni conocer el paradero de sus allegados o su destino final, así como las causas de que esos hechos sucedieran, para que se establezca la responsabilidad de los autores o encubridores, accedan a la reparación integral del daño y se evite que hechos similares vuelvan a cometerse.

     

     

     

    El derecho a la verdad comprende no sólo la reparación para las víctimas, sino que es un instrumento para que las autoridades rindan cuentas, un mecanismo de reconciliación entre sociedad e instituciones y elemento indispensable para eliminar los actos autoritarios, de corrupción y la impunidad.

     

     

     

    Con motivo del Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las Victimas, este Organismo Nacional destaca que el derecho a la verdad sólo puede ser resultado de un trabajo riguroso, exigente, documentado y disciplinado, por lo cual ocupa un lugar primordial y es directriz invariable en las distintas recomendaciones emitidas por la CNDH y en las investigaciones que realiza sobre distintos casos.

     

     

     

    Para esta Comisión Nacional, el esclarecimiento de los hechos que motivaron la violación a los derechos humanos de las víctimas contribuye a la reivindicación de sus prerrogativas, además de salvaguardar el debido proceso y el acceso a la justicia mediante la reparación integral del daño.

     

     

     

    La CNDH observa que en diversos casos las víctimas, además de los daños físicos y/o psicológicos sufridos por la violación a sus derechos humanos, enfrentan revictimización institucional al acudir ante la autoridad ministerial para denunciar los hechos, al ser sometidas a interrogatorios y recibir trato insensible, además de que la investigación del delito no se realiza con diligencia, inmediatez y de manera exhaustiva, lo que provoca incertidumbre e impunidad.

     

     

     

    El derecho a la verdad tiene un referente social, debido a que la sociedad aspira a conocer las causas de crímenes aberrantes como ejecuciones arbitrarias, desapariciones forzadas, secuestros de menores de edad o tortura, por lo cual es necesario, como lo señala la Asamblea General de la ONU, promover la memoria de las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos y la importancia del derecho a la verdad y la justicia.

     

     

     

    Respecto de las ejecuciones arbitrarias, este Organismo Nacional ha emitido diversos documentos recomendatorios en los cuales ha señalado que el derecho a la vida constituye un derecho fundamental del que goza toda persona desde su existencia, cuyo goce pleno es un prerrequisito para el disfrute de todos los demás, por lo que toda privación ilegal de la vida por agentes del Estado debe ser investigada y castigada, ya que de no ser así se estarían creando, dentro de un ambiente de impunidad, las condiciones para que se repitan estos hechos, lo que es contrario al deber de respetar y garantizar ese derecho inalienable.


     

    En la Recomendación General 10/2005, “Sobre la práctica de la tortura”, esta Comisión Nacional señaló que en los casos en los que la persona detenida no es puesta de manera inmediata a disposición de la autoridad competente, surgen las condiciones que propician la tortura, debido a que los elementos aprehensores suelen infligirle sufrimientos físicos o psicológicos, o bien, realizar en su contra actos de intimidación, con la finalidad de que acepten haber participado en la comisión de algún ilícito, así como para obtener información, como castigo o con cualquier otro fin, lo que implica un atentado a la seguridad jurídica, a la legalidad y al derecho que tienen los seres humanos a que se respete su integridad física y psicológica, su dignidad, su intimidad y su presunción de inocencia, por lo que todo acto de tortura debe ser sancionado.

     

     

     

    En el “Informe especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre desaparición de personas y fosas clandestinas en México”,se estableció que dicha práctica es ignominiosa, contraria a la dignidad humana e implica la negaciónabsoluta de todos los derechos humanos. Es un delito pluriofensivo que agravia a la sociedad, afecta y atenta contra de la persona desaparecida, sus seres queridos y allegados, quienes al dolor de la ausencia deben sumar el vivir con la incertidumbre, la angustia y la desesperación sobre el destino de quien desapareció.

     

     

     

    La CNDH exige de las autoridades de los tres niveles de gobierno, que tienen Recomendaciones parcialmente cumplidas, que asuman sus obligaciones para con las víctimas de violaciones a Derechos Humanos, para que se conozca la verdad, sesancione a los responsables, se les repare el daño y se establezcan las garantías de no repetición.

     

     

     

    Esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos reitera su compromiso con la promoción, divulgación y defensa de los derechos humanos y expresa su solidaridad con todas aquellas personas que han sido víctimas de violaciones a sus derechos fundamentales.


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