Tijuana, BC. 14 de marzo de 2018.- “Existe un reglamento municipal de Transito y Control Vehicular, que debe acatarse y con ello, preserva la vida y evitar incidentes”, lo anterior lo manifestó el regidor Rogelio Palomera. |
El regidor Rogelio Palomera, presidente de la comisión de Protección Civil del XXII Ayuntamiento de Tijuana, propuso en Cabildo y fue aprobada la reforma y adición diversos artículos al Reglamento de Tránsito y Control Vehicular.
Reiteró que entre las adecuaciones están que toda persona que conduzca una motocicleta así como su acompañante, están obligados a usar casco protector, mismo que debe llevar impreso el sello de certificación requerido por la Norma Oficial Vigente, como lo establece el artículo 13 Bis. Seguridad en vehículos no motorizados (Toda persona que conduzca una motocicleta, así como su acompañante, están obligados a usar casco protector.)
Puntualizó que será sancionada la persona que utilice con la o las manos teléfonos celulares, tabletas para escribir, enviar o leer mensajes, mientras está en circulación o bien, si se encuentra sin movimiento en un alto o semáforo; como lo indica el artículo 25 Prohibiciones para los conductores de vehículos de motor ( XV. Conducir el vehículo con un aparato y/o sistema de entretenimiento que distraiga al conductor y obstaculice la visibilidad; XVI. Utilizar con la o las manos teléfonos celulares, tabletas, radios o cualquier aparato de telecomunicación, para escribir, enviar y/o leer mensajes de texto que puedan distraer al conductor; XVII.- Maquillarse y/o ingerir alimentos sólidos el momento de conducir, inclusive si se encuentra sin movimiento en un alto o semáforo).
El regidor mencionó que buscando la prevención de accidentes en niños, se hizo una adecuación al artículo 13 Cinturones de seguridad. (Los menores cuya estatura no rebase los 135 centímetros de altura, deberán utilizar obligatoriamente un sistema de retención infantil homologado o un asiento elevador debidamente colocado.): Asimismo al artículo 41 Prevenciones (XIII. Los menores de 8 (ocho) años de edad, deberán cruzar la vía pública por esquinas y ser conducido siempre de la mano de un adulto.).
Detalló que habrá sanciones para conductores que invadan el paso al transeúnte, interrumpiendo una zona de peatones, misma que se hará acreedor a una multa de 10 UMAS. (artículo 43).
Finalmente, el regidor Rogelio Palomera, indicó que se hizo una adecuación al artículo 73, que establece la Velocidad máxima,, mismos que serán los siguientes: (I. 60 kilómetros por hora en bulevares; II. 45 kilómetros por hora en pares viales; III. 30 kilómetros por hora en calles o avenidas.; IV. 20 kilómetros por hora en zonas escolares; V. 80 kilómetros por hora en vía rápida).