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    LLAMA CNDH A PRESERVAR LENGUAS INDÍGENAS
    21/02/2018

    La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) convoca a las autoridades y a la sociedad en general a preservar y enriquecer las lenguas indígenas en nuestro país, así como todos los conocimientos y elementos que constituyan su cultura e identidad, además de garantizar el derecho de la población hablante de lenguas indígenas a recibir atención en ellas al acceder a instituciones, programas y servicios.

     

    Este Organismo Nacional destaca los derechos de las personas hablantes de lenguas indígenas a comunicarse en su lengua originaria, a no ser discriminados por ese motivo, recibir información de los programas, obras y servicios dirigidos a los pueblos y comunidades indígenas en su lengua y a ser atendidos en la misma en instituciones de gobierno, así como a que se promuevan en los medios de comunicación esas lenguas nacionales y a recibir educación bilingüe e intercultural.

     

    En ocasión del Día Internacional de la Lengua Materna –21 de febrero—, la CNDH subraya que las lenguas indígenas y el español son lenguas nacionales, por lo que tienen la misma valía e importancia.

     

    Para esta Comisión Nacional, uno de los derechos fundamentales de los pueblos y comunidades indígenas es preservar y enriquecer sus lenguas, como se establece en el artículo 2° constitucional. México es una de las 10 naciones con mayor diversidad cultural con 364 variantes lingüísticas que corresponden a 68 agrupaciones y 11 familias lingüísticas indoamericanas.

     

    La CNDH destaca que es mediante la lengua como se construye el mundo y ésta es más que palabras y sonidos, ya que cada lengua indígena reúne los saberes y la cosmovisión de su cultura. De ahí la importancia de que el Estado promueva la protección y el pleno derecho de las personas indígenas a aprender y hablar su lengua materna.

     

    El artículo 7 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas establece que las lenguas indígenas serán válidas, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública, y determina que le corresponde al Estado garantizar el ejercicio de esos derechos.

     

    En los municipios con comunidades que hablen lenguas indígenas se deben poner en marcha las medidas para que las instancias correspondientes atiendan y resuelvan los asuntos que se planteen en lenguas indígenas. Para ello, los gobiernos estatales, en consulta con los pueblos indígenas, determinarán en que instancias se establecerán tales medidas de atención.

     

    Por la importancia de los asuntos que se tratan, existen campos en los que es esencial que un intérprete o traductor asista a las personas hablantes de lenguas indígenas, como en los servicios de salud, de procuración e impartición de justicia, asuntos agrarios y laborales, mismos que están regulados en distintas legislaciones nacionales.

     

    En 1999, la UNESCO determinó el establecimiento del Día Internacional de la Lengua Materna, que se conmemoró por primera ocasión en el año 2000, con lo que se recuerda las manifestaciones de 1952 de Dhaka, Bangladesh, en que varios participantes perdieron la vida en la defensa de la lengua bangla para que fuera reconocida como uno de los dos idiomas oficiales del entonces Pakistán.

     

     


     

     

     

     

     

     



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